lunes, 8 de noviembre de 2010
Navarra suprime el límite de edad para solicitar la adopción de menores


La Administración tendrá 8 meses como máximo para responder a las solicitudes de idoneidad. Se permitirá pedir una segunda adopción internacional si pasan 3 años sin resolverse la primera solicitud


Navarra suprime por ley el límite máximo de 60 años para poder adoptar un menor en situación de desamparo. La comisión de Asuntos Sociales dio ayer el visto bueno al dictamen de la ley que presentó el PSN para modificar la normativa que regula la promoción, atención y protección a la infancia y la adolescencia en la Comunidad foral.

La proposición de ley deberá ser ahora ratificada en pleno, y su entrada en vigor supondrá algunos cambios importantes en la normativa que regula las adopciones en la Comunidad foral. Entre otras, se podrá solicitar de forma excepcional una segunda adopción internacional de un país distinto al que se ha pedido la primera.

En la actualidad, para poder pedir la adopción de un menor es necesario que los solicitantes no superen en 45 años la edad del niño y en ningún caso pueden superar los 60 años de edad. Con la ley cuyo dictamen se aprobó ayer estas restricciones desaparecen.

El objetivo que persigue el PSN con esta eliminación, según explicó ayer el portavoz Javier Monzón, es "agilizar y facilitar los trámites" de la adopción. Por ello, esta medida lleva aparejada la obligación legal de que la evaluación de idoneidad de los adoptantes se realice en función del conjunto de "criterios concurrentes" y en un plazo máximo de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la dirección general que las tramita.


Plazo máximo de 8 meses

UPN introdujo en la ley la cautela de que, si transcurrido dicho plazo no se ha dictado o notificado una resolución expresa, los solicitantes pueden "impugnarla o reiterarla". Si dos meses después de haber optado por una de las dos vías no han recibido contestación desde la Administración, la declaración de idoneidad se entenderá concedida por la figura del "silencio administrativo positivo". De esta manera, el plazo real del que dispone la Administración para pronunciarse sobre la idoneidad de los adoptantes sumará 8 meses. Los grupos apoyaron esta iniciativa regionalista por unanimidad.

La ley incluye en el plazo de seis meses para la resolución de la idoneidad aquellas solicitudes que se hubieran presentado con dos meses de antelación sobre la entrada en vigor de la ley y que estén aún pendientes de resolución.

También con el objetivo de "ganar agilidad" se aprobó por unanimidad una modificación propuesta por IU con la que se permitirá la posibilidad de presentar una segunda solicitud de adopción internacional de un país distinto. Para ello, deberán transcurrir tres años desde la entrada del primer expediente en el primer país sin que se haya producido asignación "por causas no imputables a los solicitantes".

Teniendo en cuenta que esta medida tiene carácter excepcional, la ley establece que, para obtener un segundo certificado de idoneidad, será necesario realizar una "revisión previa" de la situación personal y familiar. En el caso de que se otorgase esta segunda idoneidad, los solicitantes estarán obligados a comunicar al nuevo país donde se solicita la adopción la existencia de esa primera solicitud no respondida, es decir, la "duplicidad en trámite".

En el supuesto de que la Administración foral otorgue su conformidad con la asignación de un menor procedente de uno de los dos países, la segunda solicitud será automáticamente archivada. En cualquier caso, la idoneidad psicológica y social de los solicitantes se determinará a través de una serie de entrevistas, cuyo número y características deberán establecerse en el correspondiente reglamento que desarrolle la ley.

La norma aprobada contempla además la creación del Consejo Navarro del Menor, concebido como un foro de encuentro y participación en el que las distintas entidades y asociaciones que trabajan en Navarra en materia de adopciones puedan "analizar y realizar propuestas" encaminadas a la protección de la infancia.

Por otra parte, la ley recoge una serie de medidas dirigidas a diseñar "programas de acompañamiento y formación" tanto para los adoptantes y el personal del ámbito educativo como para los menores adoptados, con el fin de "sistematizar la formación entre familias y profesionales".

Natalia Ayarra
DiariodeNavarra.es





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