martes, 18 de mayo de 2010
Cataluña aprueba su Ley de la Infancia



El Parlamento de Cataluña decidió ayer votar por unanimidad un solo diputado votó en contra y lo hizo por error la nueva normativa que añade nuevos derechos a los menores y mejora su protección ante situaciones de riesgo o marginación.

La Ley de los Derechos y Oportunidades de la Infancia y la Adolescencia fue aplaudida por todos los grupos, que ven en ella una nueva etapa de protección a los menores como "sujetos de derecho y no sólo objetos de protección", según dijo la consellera de Acción Social, Carme Capdevila.

El texto abarca no sólo herramientas de seguimiento y control de niños y adolescentes en situación de riesgo de exclusión, sino que aborda aspectos como la delincuencia, las adopciones, el absentismo escolar o la maternidad.


1. Rapidez en la adopción

La ley limita las posibilidades que tienen las familias biológicas de menores en situación de riesgo de exclusión de boicotear su adopción. Así, se calcula que las adopciones en el ámbito nacional reducen su plazo de ejecución de tres o cuatro años a uno y medio.


2. Casos de pederastia

El texto contempla de un modo genérico la creación de equipos específicos dedicados a detectar y combatir los abusos sexuales a menores, así como a prestar apoyo a los jóvenes que los hayan sufrido. Además, la Generalitat podrá ejercer la acción popular en los juicios por abusos sexuales o maltratos graves. De la mano de estos equipos, cuya creación exige la normativa aprobada ayer, llegan también los protocolos específicos para evitar casos de ablación.


3. El maltratador, fuera

Se prioriza que el niño maltratado se quede en el entorno familiar y sea el agresor quien abandone el hogar, algo que ya ocurre en casos de violencia de género. Además, se creará un centro de investigación sobre el maltrato infantil.


4. Riesgo y desamparo

La ley distingue entre el riesgo y el desamparo, lo que faculta a la Administración para poder actuar sin necesidad de desamparar a un menor. En la práctica, eso reduce los plazos para poder intervenir y la posibilidad de que el niño padezca mientras se resuelve su situación. A eso se añaden dos nuevas fórmulas de acogida (la acogida familiar permanente o la acogida profesional) y la figura del procurador de la infancia, que velará por los recursos de la atención a la infancia y atenderá las quejas de los tutelados.


5. Maternidad

La ley se refiere sencillamente al marco legal existente en España, por lo que las menores de 16 o 17 años pueden decidir si abortan o no.


6. Voz ante la ley

Los adolescentes a partir de 12 años deberán ser informados de las decisiones que la Administración tome sobre ellos, en materias como la tutela, y podrán además impugnarlas. A ello se suman los nuevos consejos de participación de infancia para dar voz a los menores en los temas que les afecten.


7. Delincuencia

La ley apoya la mediación en los delitos que puedan cometer los menores de 14 años, no imputables, para que puedan reparar el daño.


8. Absentismo escolar

Quedan reguladas las situaciones de absentismo escolar, desescolarización y abandono escolar.



Albert Martín Vidal
Publico.es



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Enrique Campoamor a las 9:56 a. m. | Permalink |


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