lunes, 18 de febrero de 2008
Prohibida la discriminación por discapacidad en las adopciones internacionales



La nueva Ley de adopción internacional, publicada el pasado 29 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), prohíbe expresamente cualquier discriminación por razón de discapacidad en las adopciones internacionales, según ha recordado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un comunicado.

En concreto, el artículo 11 de la ley dispone que "en el proceso de declaración de idoneidad, se prohíbe cualquier discriminación por razón de discapacidad o cualquier otra circunstancia".

La prohibición de discriminación por razón de discapacidad obedece a una demanda del Cermi, recogida por el Ministerio de Justicia, autor del proyecto de ley.

En los últimos años, el Cermi había recibido varias quejas y denuncias de personas con discapacidad que consideraban que esta circunstancia había operado de modo negativo a la hora de declarar su idoneidad para adoptar.

La idoneidad, según la ley, es la capacidad, aptitud y motivación adecuadas para ejercer la patria potestad, atendiendo a las necesidades de los niños adoptados, y para asumir las peculiaridades, consecuencias y responsabilidades que conlleva la adopción internacional.

Con la aprobación de la nueva Ley, en los procesos de declaración de la idoneidad queda prohibida cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad.

Discapnet.es

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Enrique Campoamor a las 1:06 p. m. | Permalink |


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