miércoles, 9 de julio de 2008
Seguimientos tras la llegada de nuestro hijo a España


Una vez que nuestro hijo llegue a España, el Gobierno filipino exíge que se lleven a cabo 3 seguimientos cada dos meses. Durante los 6 primeros meses de estancia de nuestro hijo en España. Dichos seguimientos podemos hacerlos (según cada Comunidad Autónoma) o bien de forma privada y pagando (muchas de las agencias que tramitan con Filipinas ya lo incluyen en sus tarifas) o bien a través de nuestras Comunidades Autónomas y generalmente de forma gratuita.

En cualquiera de los dos casos, son estas instituciones las que deben decidir las fechas en que se llevarán a cabo dichos seguimientos. Los seguimientos no tienen mayor importancia. Suelen estar presentes los dos padres y el hijo (en nuestra casa o en sus oficinas) y se nos harán preguntas sencillas sobre cómo se encuentra el niño. Como se integra, sus juegos, sus palabras, sus avances, sus miedos, sus enfermedades si las ha tenido, como nos sentimos los padres, como ha cambiado nuestra vida, etc. Cada uno de los seguimientos deberán traducirse al inglés, no es necesario que sea una traducción jurada, y es aconsejable que se envíen igualmente 4-5 fotos de nosotros con el niño donde se vea su evolución y su entorno. También deberemos adjuntar un breve informe médico de nuestro pediatra de la evolución del niño. En el último informe deberemos adjuntar igualmente una carta de los padres solicitando que nos sea concedido el "Affidavit of Consent to Adoptionf".

Cada seguimiento se envía de forma individualizada a Filipinas. Si tramitamos por Agencia se encargarán ellos y si tramitamos por protocolo público se encargará nuestra Comunidad Autónoma o en ciertas ocasiones seremos nostros mismos los que hagamos el envío.

Una vez hayan pasado los seis primeros meses de estancia de nuestro hijo en España y tras haber enviado sucesivamente los tres informes de seguimientos, sólo resta esperar a que el ICAB nos remita el "Affidavit of Consent to Adoption". Dicho documento lo único que manifiesta es que por parte de Filipinas no hay ningún problema para iniciar los trámites de la Adopción plena en España. Tenéis un ejemplo de este documento en otro apartado de esta misma sección. El tiempo de espera para que nos lo remitan es muy variable. Se dan casos de tan sólo dos meses y otros de hasta seis meses. Todo depende del grado de saturación que tengan en ese momento en el ICAB.

Con el "Affidavir of Consent to Adoption" en nuestro poder, debemos a continuación inciar la adopción plena con un proceso judicial que está descrito en otro apartado de esta misma sección.



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Enrique Campoamor a las 9:53 a. m. | Permalink |


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