lunes, 12 de enero de 2009
Las familias cuestionan la nueva ley de adopción catalana



Abogados de Familia de Cataluña consideran una "barbaridad" que el Código Civil obligue a decir a los adoptados que lo son.

El presidente de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia, Ramon Tamborero, consideró hoy "una barbaridad" que el proyecto del Libro II del Código Civil que "se obligue" a los padres a decir a sus hijos adoptados que lo son y lo calificó de "completamente inviable".

En declaraciones a Rac1, recogidas por Europa Press, Tamborero esperó que este aspecto que recoge el proyecto se pueda modificar durante su trámite parlamentario. "Yo creo que es una ley que nunca se pondrá en práctica", espetó.

El artículo 235-49 establece que los adoptados tienen que saber su condición de adoptado "tan pronto como éste tenga suficiente madurez" y, en todo caso, cuando cumpla 14 años, tal y como recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Añadió que esto es "una confusión entre derechos y deberes", ya que, a pesar de considerar que es bueno que los adoptados sepan su condición, señaló que no puede ser una obligación a partir de una cierta edad por la diversidad de familias y el hecho de que no todos los menores están preparados para saberlo a la misma edad.

La Sociedad Catalana de Abogados de Familia envió entre sus enmiendas la petición de que se retirara este precepto ya que lo consideran una "injerencia de la administración en el día a día de las familias".


Parejas de hecho

Otro de los puntos conflictivos para este colectivo es el de las parejas de hecho, ya que, según Tamborero, "no se puede evitar" que un legislador considere pareja de hecho a dos personas que llevan dos años conviviendo juntas de manera ininterrumpida.

Criticó también que el proyecto permita "la legalización del adulterio", en alusión a que el proyecto recoge que se pueden constituir como familias las parejas que tienen una convivencia estable pero que están formadas por personas que no se pueden casar porque una de ellas continua casada con otra persona".

En cuanto a la custodia compartida, valoró positivamente que se rompa el "automatismo" de que ante una separación los hijos se quedan con la madre y ésta con el domicilio familiar.

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Enrique Campoamor a las 10:39 a. m. | Permalink |


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